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educación no formal

Antecedentes

En febrero de 2005, en el marco de acuerdos interpartidarios, se contempla a la educación no formal como parte integrante de un plan de educación que integre sistémicamente acciones de la educación formal y no formal así como concepciones teóricas y metodológicas que involucren a diversos actores públicos estatales y de la sociedad civil organizada.

En este contexto, la Dirección de Educación del MEC, crea en marzo de 2005 el área de ENF con los siguientes objetivos:

1- Contribuir a la formulación de Políticas Educativas que garanticen una educación para todos los uruguayos/a, durante toda la vida, en todo el territorio nacional.
2- Promover y desarrollar la educación no formal como política educativa del MEC, priorizando a los jóvenes y adultos que se encuentran fuera del sistema educativo formal y que presentan necesidades de formación para el mundo de trabajo, así como interés en acceder a una educación integral y a la cultura de su época.

En el correr de estos años, el Área ha otorgado mucha importancia al asesoramiento y la coordinación con otras instituciones públicas así como con distintos representantes que desde la sociedad civil llevan adelante proyectos educativos de carácter no formal. En este sentido se formaron varios grupos de trabajo con los cuales se concretaron multiplicidad de actividades tendientes a dar a conocer, promover y fortalecer la educación no formal o a ofrecer ámbitos de intercambio y actualización para los educadores.

Situación actual y perspectivas

Desde diciembre de 2008, con la aprobación de la Ley General de Educación por parte del Poder Legislativo, la educación no formal se considera parte del Sistema Nacional de Educación, adquiriendo con ello un merecido y necesario reconocimiento.

En efecto, el capítulo IV de la Ley, define: “La educación no formal, en el marco de una cultura del aprendizaje a lo largo de la vida, comprenderá todas aquellas actividades, medios y ámbitos de educación que se desarrollan fuera de la educación formal, dirigidos a personas de cualquier edad, que tienen valor educativo en sí mismos y han sido organizados expresamente para satisfacer determinados objetivos educativos en diversos ámbitos de la vida social (…)”

Y el capítulo XV, art. 92, se refiere a la creación del Consejo Nacional de Educación no Formal en el MEC.

En cuanto a sus competencias (art. 94), se definen las siguientes:

1. Articular y supervisar los programas, proyectos y acciones de educación no formal que se desarrollen en el país, en función de los principios, orientaciones y fines que determina la presente ley.

  1. Llevar un registro de instituciones de educación no formal.

  2. Promover la profesionalización de los educadores del ámbito de la educación no formal.

  3. Promover y coordinar acciones educativas dirigidas a personas jóvenes y adultas

  4. Contribuir a reincorporar a la educación formal a quienes la hayan abandonado.

En 2009 entonces, y tomando el texto de la ley mencionada como marco para su acción, el área de ENF reafirma sus objetivos generales y orienta su actividad en torno a los siguientes objetivos específicos:

-Difundir los diferentes programas, proyectos y acciones de educación no formal que se desarrollan en el país (para cumplir lo cual entre otras muchas otras acciones, se seguirá impulsando el registro de instituciones de ENF).

-Colaborar con los diferentes programas, proyectos y acciones de educación no formal

-Coordinar acciones educativas para personas jóvenes y adultas-tal como se viene impulsando hasta el momento a través del Programa Nacional de Educación y Trabajo (PNET) y del Programa Aprender Siempre (PAS)-. (Más información en los vínculos respectivos).

-Promover la profesionalización de los educadores del ámbito de la educación no formal

 

 

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